Calculadora de liquidación por despido injustificado 2026
Si te despidieron sin causa justificada, además del finiquito te corresponde una indemnización. Calcula cuánto te deben pagar con la Ley Federal del Trabajo y las tablas 2026.
Resultado
| Concepto | Días | Salario base | Importe |
|---|---|---|---|
| Aguinaldo proporcional | 11.59 | $500.00 | $5,794.52 |
| Vacaciones | 9.22 | $500.00 | $4,610.96 |
| Prima vacacional (25%) | 9.22 | $125.00 | $1,152.74 |
| Prima de antigüedad (12 días por año) | 65.06 | $500.00 | $32,531.51 |
| Indemnización constitucional (3 meses) | 90 | $528.08 | $47,527.40 |
| Finiquito (prestaciones devengadas) | $11,558.22 | ||
| Pagos por separación (liquidación) | $80,058.91 | ||
| Total bruto | $91,617.13 | ||
Ver datos usados en el cálculo
- Motivo: Despido injustificado
- Salario diario: $500.00 · Salario diario integrado: $528.08 (factor 1.0562)
- Antigüedad: 5.42 años (1979 días) · Vacaciones del año en curso: 22 días
- Base de prima de antigüedad: $500.00 (tope: 2 salarios mínimos de la zona)
- ISR: exento $57,461.54 · gravado ordinario $6,886.18 · gravado por separación $27,269.41 · tasa efectiva del sueldo 9.46%
- No se incluyen los 20 días por año: proceden cuando el patrón se niega a reinstalarte o está exento de hacerlo (arts. 49 y 50 LFT). Activa la casilla si es tu caso.
- No se calculan salarios caídos: dependen de la duración del juicio (máximo 12 meses, art. 48 LFT).
Estimación informativa con valores 2026. No sustituye la revisión de tu recibo ni la asesoría de PROFEDET o del Centro de Conciliación de tu estado.
Qué incluye la liquidación
| Concepto | Cuánto | Fundamento |
|---|---|---|
| Indemnización constitucional | 90 días de salario diario integrado | Arts. 48 y 50-III LFT; art. 123-A-XXII de la Constitución |
| 20 días por año | 20 días de salario integrado por año trabajado, solo cuando procede | Arts. 49 y 50-II LFT |
| Prima de antigüedad | 12 días por año, con tope de 2 salarios mínimos | Art. 162 LFT |
| Finiquito | Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales, salario pendiente | Arts. 76, 79, 80 y 87 LFT |
| Salarios caídos | Desde el despido hasta el pago, con máximo de 12 meses | Art. 48 LFT (solo si hay juicio) |
¿Cuándo proceden los 20 días por año?
Es la duda más común. Los 20 días por año no se pagan en todos los despidos: proceden cuando el patrón se niega a reinstalarte después de que lo ordena la autoridad, o cuando está exento de reinstalarte (art. 49 LFT: trabajadores con menos de un año, de confianza, del hogar, eventuales o que tienen trato directo y permanente con el patrón). Por eso la calculadora los deja como opción. En una negociación ante el Centro de Conciliación, muchas veces se incluyen como parte del acuerdo.
El salario integrado
La indemnización se calcula con el salario diario integrado (SDI), que suma al salario diario la parte proporcional de las prestaciones (art. 84 y 89 LFT). Con las prestaciones mínimas de ley:
En el ejemplo ($15,000.00 mensuales, 5.42 años de antigüedad), el SDI es $528.08 y la indemnización de 90 días suma $47,527.40. Si recibes vales, bonos fijos o más días de aguinaldo, tu SDI real es mayor: ajusta los días de aguinaldo y la prima vacacional en las opciones.
ISR de la liquidación
La prima de antigüedad y las indemnizaciones están exentas hasta 90 UMA por cada año de servicio (art. 93-XIII LISR); con la UMA 2026, son $10,557.90 por año. Toda fracción de más de seis meses cuenta como un año completo. El excedente se grava con la tasa efectiva de tu último sueldo mensual.
Qué hacer si te despiden
- No firmes una renuncia si no es tu decisión: firmarla puede dejarte sin indemnización.
- Pide por escrito el aviso de rescisión con la causa del despido (art. 47 LFT).
- Calcula tu liquidación con esta página y guarda el resultado en PDF.
- Tienes 2 meses para reclamar (art. 518 LFT). Acude a PROFEDET para orientación gratuita y al Centro de Conciliación Laboral de tu estado, paso obligatorio antes de una demanda.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me toca de liquidación por 1 año trabajado?
¿La liquidación paga impuestos?
¿Me pueden despedir por renunciar a firmar?
Ver también: calculadora de finiquito · prima de antigüedad · metodología.
Actualizado el